Menu

Medida autosatisfactiva contra Facebook II Parte

La medida autosatisfactiva contra Facebook planteada por los padres de dos menores de edad de 14 y 16 años, quienes fueron injuriadas por un “usuario” de la red social Facebook finalmente tuvo éxito, en este sentido, la red social demandada compareció en el expediente y cumplió la medida, cancelando el perfil gerenciado por la empresa.

En el caso concreto, se debe mencionar que si bien la red social alegó “… no contar con facultades para administrar el sitio web www.facebook.com, ni disponer modificación o supresión de contenido de aquel…”, compareció y acató la manda judicial.

La parte actora con el patrocinio letrado de la Dra. María Florencia Suárez contestó traslado corrido en los autos “F. H. c/FACEBOOK ARGENTINA SRL s/MEDIDA AUTOSATISFACTIVA”, en trámite por ante el Juzgado Federal N° 2 de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Raquel Aramberri, y dejó en claro la conducta procesal absurda de la demandada –no sólo por no acreditar personería-, sino además, por el hecho que las defensas contenidas en su presentación judicial no se condicen con sus propios actos, ya que recordemos que la demandada cumplió con la orden judicial y canceló definitivamente la cuenta.

El planteo de la demandada fue por supuesto desestimado por el juzgado.

Por otra parte, merece tener presente que las medidas autosatisfactivas representan un requerimiento urgente y que en este caso en concreto, se tuvo que recorrer un largo camino, ya que la medida fue inicialmente planteada en el Juzgado de Distrito Civil y Comercial 1 Nominación de la ciudad de Villa Constitución, a cargo de la Dra. Águeda Orsaria, quien se declaró incompetente.

Citando a Jorge Peyrano “Con lo expuesto resaltamos que resoluciones como éstas, rápidas, eficaces y atinadas a Derecho (aunque no haya consagración legislativa), marcan la preeminencia de la primera instancia en el sistema de justicia como refiere Morello. Ella es el corazón del proceso y por tanto, debe llegar pronto y bien de cara a la velocidad de la luz que imprime Internet cambiando, mutando, huyendo después de concretar severos daños. A su vez, a medida que pasa el tiempo, miles de personas se multiplican diariamente como espectadores o lectores de esos abusos. A veces cuando llega a través de la Cámara de Apelaciones se satisface al justiciable bien, pero no pronto, y la diferencia es muy importante, tanto para el bolsillo como para el espíritu.”

 

The following two tabs change content below.

Dra. María Florencia Suarez

Abogada: Derecho Informático y Nuevas Tecnologías, Derecho Penal y Derecho Laboral

Latest posts by Dra. María Florencia Suarez (see all)